¿Cuánto tiempo debo guardar los documentos de la vivienda?

En una entrada anterior te explicamos cuánto tiempo hay que guardar los documentos de un vehículo y en esta ocasión vamos a hacer lo mismo pero con los que hacen referencia a la vivienda: factura, contratos, etc.
- El contrato de alquiler: deberás guardar el contrato de alquiler así como el inventario adjunto y la prueba de pago de la fianza hasta 15 años desde la finalización del contrato, puesto que es el tiempo máximo para realizar una reclamación por incumplimiento.
- Los justificantes del pago del alquiler: como los anteriores documentos del alquiler, se deben guardar 15 años.
- Las facturas de los suministros: ya sean de gas, electricidad, agua, teléfono o ADSL hay que guardarlas durante 5 años.
- Los documentos relativos a la construcción: mientras seas el titular de la vivienda y al menos durante los plazos de garantía de cada uno de los trabajos, que van de un año a 10 años, según si afectan a los elementos constructivos, acabo de obra, etc.
- La escritura del inmueble: toda la vida o al menos hasta los 6 meses posteriores a su transmisión. Si la has perdido, te recomendamos el servicio de duplicado de escritura, para poder pedir una copia.
- El contrato de la hipoteca: junto con los justificantes del pago deben guardarse hasta 21 años a partir de la fecha en que haya finalizado el pago.
- Los documentos de la comunidad: tanto los acuerdos de la junta de propietarios como la correspondencia con el administrador se deben guardar tres meses o bien un año si el acuerdo fuera contrario a la Ley o a los estatutos.
- Los presupuestos de trabajos en la vivienda: los presupuestos suelen tener una vigencia de 2 meses aunque debe fijarse el plazo de vigencia en el propio documento.
- Las facturas por trabajos en la vivienda: debes conservarlas durante 15 años.
- La cédula de habitabilidad: su caducidad es la siguiente:
- Para primera o segunda ocupación concedida antes de 2004: tiene una validez de 10 años.
- Para primera o segunda ocupación concedida después de 2004: tiene una validez de 15 años.
- Concedida a partir de 2013: para la primera ocupación, 25 años; para la primera ocupación de rehabilitación, 15 años y para segunda ocupación, 15 años.
- El certificado energético: tiene una duración de 10 años pero si haces trabajos en casa, deberías volver a solicitarlo si los cambios pueden modificar el certificado.
Ahora ya tienes una guía para poner en orden los papeles sobre tu casa y te recordamos que a través de Online Gestoría puedes solicitar la cédula de habitabilidad y el certificado energético así como obtener los datos para el duplicado de una escritura.